¿Quiénes deben presentar estados financieros combinados?
Cuando el control es ejercido por una matriz o controlante extranjera, corresponde a la subsidiaria en Colombia de mayor patrimonio presentar ante los entes de control, inspección o vigilancia los estados financieros combinados.
Deben presentar estados financieros combinados las entidades que actúen como controlantes de un grupo económico y no cumplan con los requisitos para consolidación.
Para la Superintendencia de Sociedades, la obligación de presentar los estados financieros combinados está regulada en el numeral 2.2.5.1 de la Circular Básica Contable de la entidad. Dicho reporte es solicitado por la entidad que corresponda en ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia o control.
Para el caso de controlantes extranjeras, será la subsidiaria nacional de mayor patrimonio la que deba presentar los estados financieros combinados cuando la entidad así lo requiera. En caso de la existencia de sucursales, será la sucursal la encargada de esta obligación, así exista una subordinada con un patrimonio superior. Por lo tanto, el hecho de ser la subordinada colombiana de mayor patrimonio de una sociedad extranjera no es en sí mismo un determinante para que esa sociedad realice una combinación de estados financieros (Concepto 260/25).
Fuente: Ámbito Jurídico.