El marco legal establece que esta certificación aplica a las sociedades comerciales y no extiende esta exigencia a personas naturales comerciantes.
Cualquier disposición administrativa que pretenda extender la exigencia de certificación de estados financieros a personas naturales comerciantes, con fundamento en la mencionada norma, no se ajustaría al marco legal, toda vez que no existe en el ordenamiento jurídico la figura de “estados financieros certificados por personas naturales comerciantes”.


Fuente: Ámbito Jurídico.