1. No cerciorarse de que las operaciones de la sociedad se ajusten a las prescripciones de los estatutos.

2. No dar oportuna cuenta por escrito al máximo órgano social de las irregularidades que ocurran en funcionamiento de la sociedad.

3. No colaborar con las entidades gubernamentales que ejerzan la inspección y vigilancia de las compañías y rendirles los informes a que haya lugar.

4. No velar porque se lleve regularmente la contabilidad de la sociedad y las actas de las reuniones.

5. No convocar a la asamblea o a la junta de socios a reuniones extraordinarias.

Fuente: Superintendencia de Sociedades