Es clave mencionar que las criptomonedas, o activos virtuales, como lo denominan algunas autoridades, están definidas como activos intangibles o bienes inmateriales, de conformidad con múltiples conceptos de la Dian, por lo que, las personas residentes en Colombia, quienes tengan en sus billeteras digitales o en sus cuentas en plataformas de intercambio un saldo en criptomonedas, deben tenerlas en cuenta en su patrimonio al momento de realizar su declaración de renta. Tienes que determinar el valor en pesos del bitcoin que recibes en la fecha que lo recibes y ese valor es la base del impuesto sobre la renta.

Si tienes suficientes bitcoins para llegar al umbral del impuesto al patrimonio también puedes estar gravado con el impuesto al patrimonio”, complementa. Reseñan que cuando se trata de criptomonedas, si se venden y obtienen ganancias (más de lo que se pagó por ellas), esto se considera una utilidad y se debería pagar impuestos por esas ganancias. Sería como vender una pintura por un precio mayor al que se pagó inicialmente por ella.

El tiempo que mantengas las criptomonedas antes de venderlas determinará cómo se calculan los impuestos correspondientes”, dicen desde CryptoMarket. Además, si el usuario recibe pagos en criptomonedas por la venta de bienes o servicios, o si las obtiene a través de la minería, esto también se considera un ingreso que debe ser declarado.

Lo clave de todo esto es entender que se deben pagar impuestos cuando el activo se venda, permute o simplemente se transfiera el dominio.

Fuente: La República.